Tema
Contratos de seguridad.
Folio
0330000040320
Año
Clasificación
Documento
CT-CUM-A-9-2020.pdf584.97 KB
Área/Órgano
Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica
Solicitud
Administrativa
Términos
PRIMERO. Se tiene por atendido el requerimiento formulado a la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica.
SEGUNDO. Se clasifican como temporalmente reservados los contratos simplificados materia de análisis en el apartado I del segundo considerando de esta resolución.
TERCERO. Se requiere de manera conjunta a la Dirección General de Recursos Materiales y a la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, en los términos expuestos en el apartado II del segundo considerando de esta determinación.
CUARTO. Se confirma la inexistencia del contrato a que se hace referencia en el apartado III del segundo considerando de la presente resolución.
QUINTO. Se requiere a la Unidad General de Transparencia para que realice las acciones señaladas en la presente resolución.
SEGUNDO. Se clasifican como temporalmente reservados los contratos simplificados materia de análisis en el apartado I del segundo considerando de esta resolución.
TERCERO. Se requiere de manera conjunta a la Dirección General de Recursos Materiales y a la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, en los términos expuestos en el apartado II del segundo considerando de esta determinación.
CUARTO. Se confirma la inexistencia del contrato a que se hace referencia en el apartado III del segundo considerando de la presente resolución.
QUINTO. Se requiere a la Unidad General de Transparencia para que realice las acciones señaladas en la presente resolución.