Síntesis de la publicación
Existen ordenamientos locales que no se han ajustado a lo dispuesto por la Ley General de Salud respecto de la donación de órganos. Tal es el caso del artículo 24-A del Código Civil del Estado de Nayarit, que limita las posibilidades de la donación al permitir a los donadores que dispongan de su cuerpo sólo cuando el receptor sea un familiar hasta el cuarto grado de parentesco. El Procurador General de la República promovió la acción de inconstitucionalidad 10/2005 contra esa disposición. Como resultado, la Suprema Corte de Justicia declaró inválido el artículo de mérito. En esta publicación se muestran los principales razonamientos y el sentido de la votación de la resolución emitida en dicha acción, así como el comentario de la Doctora Ingrid Brena Sesma investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Autor
México, Suprema Corte de Justicia de la Nación
Precio
25.00
Portada

Identificador
11002225
Categoría