Tema
              Resoluciones de procedimientos de responsabilidad administrativa
Folio
          0330000035921
          0330000036021
              Año
              Clasificación
              
          Documento
              CT-CUM-J-6-2021.pdf355.56 KB
          Área/Órgano
          Dirección General de Responsabilidades Administrativas y Registro Patrimonial
          Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas
          Secretaría General de Acuerdos
          Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala
              Solicitud
              Jurisdiccional 
          Términos
              PRIMERO. Se califica como legal el impedimento del Titular de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas en la presente resolución.
SEGUNDO. Se tiene por atendido el requerimiento formulado a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, a la Secretaría General de Acuerdos y a la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala, de conformidad con lo señalado en esta resolución.
TERCERO. Se tiene por atendido el derecho de acceso a la información conforme a lo señalado en el considerando II.1 de la presente resolución.
CUARTO. Se confirma la reserva temporal de la información en los términos que se indican en el considerando II.2 de esta resolución.
QUINTO. Se vincula a la Secretaría General de Acuerdos y a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial en los términos que se indican en el considerando II.1 y II.3 de esta resolución.
SEXTO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos para que atienda las acciones que se indican en el considerando II.3 de esta resolución.
SÉPTIMO. Se instruye a la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial que atienda las determinaciones contenidas en esta resolución.
          SEGUNDO. Se tiene por atendido el requerimiento formulado a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, a la Secretaría General de Acuerdos y a la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala, de conformidad con lo señalado en esta resolución.
TERCERO. Se tiene por atendido el derecho de acceso a la información conforme a lo señalado en el considerando II.1 de la presente resolución.
CUARTO. Se confirma la reserva temporal de la información en los términos que se indican en el considerando II.2 de esta resolución.
QUINTO. Se vincula a la Secretaría General de Acuerdos y a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial en los términos que se indican en el considerando II.1 y II.3 de esta resolución.
SEXTO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos para que atienda las acciones que se indican en el considerando II.3 de esta resolución.
SÉPTIMO. Se instruye a la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial que atienda las determinaciones contenidas en esta resolución.